Club AquaMAN - Derechos y deberes de los deportistas

DERECHOS Y DEBERES DE LOS DEPORTISTAS


Estos derechos para nosotros como un club son sumamente importante y es por eso que deben de leer lo siguiente para que tenga una idea que para nosotros el deportista es lo primero.

Artículo 1.-
Los deportistas pertenecientes al Club, merecen por su condición de tales, el respeto y la consideración de directivos, entrenadores, monitores y padres/madres/ tutores del Club.
Artículo 2.-
Los deportistas tienen derecho a disponer, en la medida de las posibilidades del Club, de los medios y espacio  necesarios para el entrenamiento y competición.
Artículo 3.-
El nadador que se lesione en accidente deportivo o como consecuencia de cualquier actividad dependiente del  Club, tendrá derecho a que se le proporcione los cuidados y asistencia médica que sean precisos, debiendo ser atendido por los servicios médicos asignados por el club, o bien por la Mutualidad deportiva correspondiente.
Artículo 4.-
Todos los nadadores tienen los mismos derechos ante el Club, por lo que
Ante cualquier incumplimiento de  los mismos, pueden recurrir ante la Directiva.
Artículo 5.-
Todo deportista tiene derecho a recibir información necesaria sobre:
– la correcta realización de los entrenamientos
– la alimentación adecuada
– tratamiento y prevención de lesiones
– desplazamientos y competiciones
– sus derechos en el Club como deportista
Artículo 6.-
Deberán guardar el debido respeto al  resto de los componentes del Club: compañeros, entrenadores, empleados,  Directiva, así como al personal empleado en las instalaciones donde se realizan las actividades (entrenamientos, competiciones, desplazamientos, alojamientos, …)
Artículo 7.-
Cuidar y respetar las instalaciones  donde se realizan las actividades (taquillas, piscinas, gimnasios, autobuses, hoteles, residencias, etc.), cumpliendo en todo momento las normas particulares de cada instalación.
Artículo 8.-
Cuidar el material usado en competiciones y entrenamientos.
Artículo 9.-
Aportar el material personal necesario para el entrenamiento y que el Club no puede facilitar.
Artículo 10.-
Cumplir con rigurosa puntualidad los horarios marcados por el Club para el desarrollo de las diferentes actividades (entrenamientos, desplazamientos, competiciones, …)
Artículo 11.-
Asistir a todos los entrenamientos,  competiciones, concentraciones, o cualquier otra actividad que el Club disponga.
Artículo 12.-
El deportista que por enfermedad repentina o por causa de fuerza mayor no pueda asistir a un entrenamiento, competición u otra actividad marcada por el Club, deberá comunicarlo de la forma más inmediata posible.
Artículo 13.-
Justificar las faltas de asistencia y de puntualidad.
Artículo 14.-
El deportista lesionado se verá obligado a seguir los consejos médicos para su recuperación y abstenerse de la  práctica de cualquier actividad que pueda retrasar su recuperación.
Artículo 15.-
Mantener la correcta actitud para el aprovechamiento de cada uno de los entrenamientos y competiciones.
Artículo 16.-
Atender y seguir en todo momento las instrucciones del entrenador tanto en entrenamientos y competiciones, como en las actividades complementarias que se realicen.
Artículo 17.-
Todo deportista que se encuentra bajo la disciplina del club desde el comienzo del entrenamiento, de la competición, o del inicio del viaje (en caso de desplazamiento), hasta la finalización de la actividad.
Artículo 18.-
Utilización de la indumentaria oficial según los siguientes criterios:
Gorro del Club y Bañador (al menos en las pruebas de relevos), en todas las
Competiciones, para los nadadores. Ropa de triatlón en todas las competiciones oficiales.
Equipación del Club en las entregas de Medallas, Trofeos, Diplomas o Menciones.
Camiseta y Pantalón Corto, en los momentos previos y posteriores a la participación en las pruebas en que se está inscrito.
Artículo 19.-
En competiciones y durante el total desarrollo de ellas, el deportista deberá permanecer con el resto de los miembros del equipo, en el lugar asignado para ellos manteniendo una actitud digna y animando a sus compañeros, no permitiéndose ausencias (salidas de la piscina, subir a las gradas, etc…) salvo autorización expresa de entrenador o delegado.
Artículo 20.-
En competiciones, se acatarán las  decisiones de los jueces y árbitros, correspondiendo sólo a entrenadores o delegados la facultad de reclamarlas, si lo considerasen oportuno, por los cauces reglamentarios.
Artículo 21.-
Procurar unos hábitos de vida propios de un deportista.
Artículo 22.-
Sin perjuicio de toda persona a manifestarse libremente sobre cualquier materia, mantener prudencia en sus manifestaciones públicas, que no sean vejatorias ni perjudiciales para el Club o cualquiera de los componentes del mismo.




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